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TEXTO CONSOLIDADO

Código Procesal Penal Federal

LIBRO SEGUNDO — TÍTULO IV · 3 artículos

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LIBRO SEGUNDO — TÍTULO IV

Articulado

PROCEDIMIENTOS COMPLEJOS

  1. Artículo 334

    - Procedencia y trámite. En los casos en que la recolección de la prueba o la realización del debate resultaren complejas en virtud de la cantidad o características de los hechos, el elevado número de imputados o víctimas o por tratarse de casos de delincuencia organizada o transnacional, a solicitud de cualquiera de las partes, el juez podrá autorizar fundadamente la aplicación de los plazos previstos en este Título. La decisión que conceda la solicitud será impugnable por las partes.

  2. Artículo 335

    - Plazos. Una vez autorizado este procedimiento, producirá los siguientes efectos

  3. Artículo 336

    - Reglas comunes. En todo lo demás, regirán las reglas del procedimiento común Los jueces deberán velar para que la aplicación de las normas reguladas en este Título no desnaturalice los derechos y garantías previstos en la Constitución Nacional, en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos y en este Código.

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