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RESOLUCIÓN · NACIONAL

Resolución 361/2026

Universidad Nacional de Lanús

ContenidoArtículo 1 de 13

El texto

Fundamentos (visto y considerando)

Remedios de Escalada, 21/09/2026 VISTO, el Expediente EXP- 2417- 2026 - AME-DDME-SAJI de fecha 09 de septiembre de 2026, el Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús, el Reglamento Electoral aprobado por la Resolución del Consejo Superior Nº01/20 de fecha 20 de marzo de 2020, la Resolución del Consejo Superior RCS- 132 - 2026 - UATACS-SAJI de fecha 17 de septiembre de 2026, y, CONSIDERANDO: Que, ante el próximo vencimiento de los mandatos de Directores de los Departamentos Académicos de Humanidades y Artes y Desarrollo Productivo y Tecnológico, de acuerdo a la última reforma del Estatuto de la UNLa, como así también de las/los miembros de los Consejos Departamentales de Humanidades y Artes y Desarrollo Productivo y Tecnológico, y de los/as representantes del Claustro de Estudiantes de los 4 (cuatro) Departamentos y del Consejo Superior, resulta necesario instrumentar el proceso electoral pertinente con la finalidad de su renovación; Que, el proceso electoral aludido se debe realizar de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo VII - Régimen Electoral Artículo 65 del Estatuto y lo dispuesto por el Reglamento Electoral de esta Universidad vigente; Que, de acuerdo con las normas citadas, corresponde efectuar la convocatoria correspondiente y determinar la sede donde habrán de desarrollarse los comicios, en cumplimiento de los artículos 4 a 7 del Reglamento Electoral aludido; Que, asimismo, por Resolución del Consejo Superior RCS- 132 - 2026 - UATACS-SAJI de fecha 17 de septiembre de 2026, se ha designado a Edgardo Jorge Guevara (DNI Nº 7.594.714), Ramiro Terrones (DNI Nº 29.502.519) y Carla Micele (DNI Nº 23.538. 696), como integrantes titulares y a Mirta Fabris (DNI Nº 4.934.302) y Marcos Mele (DNI N°33.985.478), como integrantes suplentes de la Junta Electoral que intervendrá en la Elección de Autoridades de la Universidad Nacional de Lanús del año 2026 del citado órgano; Que, en virtud de lo expuesto corresponde convocar a elecciones generales para los Claustros Docente, Nodocente, y Graduados de los representantes de los Consejos Departamentales de los Departamentos Académicos de Humanidades y Artes y Desarrollo Productivo y Tecnológico y del Claustro estudiantil de los/as representantes de los Consejos de los 4 (cuatro) Departamentos Academicos y del Consejo Superior, de acuerdo a la última reforma del Estatuto de la UNLa y clausulas transitorias, las cuales se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29 de Septiembre Nº 3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, en acuerdo con el siguiente cronograma: modalidad presencial para los Claustros Docente, y de Estudiantes de grado de carreras presenciales, los días 27, 28 y 29 de octubre de 2026, en el horario de 10:00 a 19:00 horas, para el Claustro Nodocente el día 28 de octubre de 2026 en el horario de 10 a 19 horas. Asimismo, en modalidad virtual para el Claustro de Graduados/as, estudiantes de Posgrado y estudiantes de carreras a distancia el día 29 de octubre de 2026 en el horario de 10:00 a 19:00 horas; Que, la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado debida intervención sin objeciones que formular, conforme consta en sus Dictámenes DICJ - 2026 - 806 - DAJ-SAJ; Que, es atributo del Rector, normar sobre el particular, conforme lo establecido en el Artículo 44 inciso 5 del Estatuto de la Universidad Nacional de Lanús; Por ello, EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE LANUS RESUELVE:

  1. Artículo 1°

    Convocar a elecciones generales para los Claustros Docente, Nodocente, y Graduados de los representantes de los Consejos Departamentales de los Departamentos Académicos de Humanidades y Artes y Desarrollo Productivo y Tecnológico y del Claustro de Estudiantes de los/as representantes de los Consejos de los 4 Departamentos Académicos y del Consejo Superior, de acuerdo a la última reforma del Estatuto de la UNLa y clausulas transitorias, las cuales se desarrollarán exclusivamente en su sede de 29 de Septiembre Nº 3901, de Remedios de Escalada, Partido de Lanús, Provincia de Buenos Aires, en acuerdo con el siguiente cronograma: elecciones con modalidad presencial para los Claustros Docente, y de Estudiantes de grado de carreras presenciales, los días 27, 28 y 29 de octubre de 2026, en el horario de 10:00 a 19:00 horas, y para el Claustro Nodocente el día 28 de octubre de 2026 en el horario de 10:00 a 19:00 horas. Asimismo, elecciones con modalidad virtual para el Claustro de Graduados/as, estudiantes de Posgrado y estudiantes de carreras a distancia el día 29 de octubre de 2026 en el horario de 10:00 a 19:00 horas, conforme el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

  2. Artículo 2°

    Los/as electores/as pertenecientes al Claustro de Estudiantes habrán de elegir: cuatro (4) representantes titulares y cuatro (4) representantes suplentes a razón de dos por cada Departamento Académico para el Consejo Superior, dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Humanidades y Artes, dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Desarrollo Productivo y Tecnológico, dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Planificación y Políticas Públicas, y dos (2) representantes titulares y (2) dos representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Salud Comunitaria.

  3. Artículo 3°

    Los/as electores/as pertenecientes al Claustro Docente, habrán de elegir cinco (5) representantes titulares y tres (3) representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Humanidades y Artes y cinco (5) representantes titulares y tres (3) representantes suplentes para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Desarrollo Productivo y Tecnológico.

  4. Artículo 4°

    Los/as electores/as pertenecientes al Claustro Nodocente habrán de elegir: un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Humanidades y Artes y un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Desarrollo Productivo y Tecnológico.

  5. Artículo 5°

    Los/as electores/as pertenecientes al Claustro de Graduados habrán de elegir: un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente, para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Humanidades y Artes y un/a (1) representante titular y un/a (1) representante suplente para el Consejo Departamental del Departamento Académico de Desarrollo Productivo y Tecnológico.

  6. Artículo 6°

    El cierre de los padrones provisorios se producirá el 28 de septiembre de 2026 y se exhibirán a partir del día 29 de septiembre y hasta el día 3 de octubre de 2026 inclusive. Dentro de las 24 horas hábiles posteriores podrán formularse por escrito, ante la Junta Electoral, los reclamos relativos a inclusiones u omisiones. En este mismo plazo entre el 28 de septiembre y el 3 de octubre de 2026, deberán inscribirse los graduados/as de los Departamentos de Humanidades y Artes y Desarrollo Productivo y Tecnológico en el padrón correspondiente a través de la página Web de la UNLa, conforme lo dispone el artículo 65 inciso 12 del Estatuto de la UNLa. Los padrones definitivos se exhibirán a partir del 13 de octubre de 2026 y hasta la fecha del Comicio.

  7. Artículo 7°

    El cierre para la presentación de listas de candidatos/as se producirá el 7 de octubre de 2026 a las 17:00 horas, en el lugar designado para el funcionamiento de la Junta Electoral.

  8. Artículo 8°

    La Junta Electoral funcionará en las oficinas de la Secretaria de Asuntos Jurídicos e Institucionales, en la sede de Remedios de Escalada (Edificio Rectorado “José Hernández”), sito en la calle Pablo Nogués S/N, Lanús, Provincia de Buenos Aires, en días hábiles y en el horario de 13:00 a 17:00 Hs. Asimismo, se podrán recibir comunicaciones en la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected].

  9. Artículo 9°

    Deberá hacerse un solo escrutinio al finalizar ambas modalidades de votación, con lo que el jueves 29 de octubre de 2026, luego del cierre de los comicios se procederá al recuento de la totalidad de los votos en simultáneo con el escrutinio virtual.

  10. Artículo 10°

    La Junta Electoral estará integrada como miembros titulares: Edgardo Jorge Guevara (DNI Nº7.594.714), Ramiro Terrones (DNI Nº 29.502.519) y Carla Micele (DNI Nº 23.538.696), y como integrantes suplentes a Mirta Fabris (DNI Nº 4.934.302) y Marcos Mele (DNI N°33.985.478), designados por la Resolución del Consejo Superior RCS- 132 - 2026 - UATACS-SAJI de fecha 17 de septiembre de 2026.

  11. Artículo 11°

    Desígnese al Lic. Gustavo Souto como Fiscal General de las Elecciones en su modalidad presencial y al Lic. Gustavo Siciliano como Fiscal General en su modalidad virtual en la Universidad Nacional de Lanús.

  12. Artículo 12°

    La presente Resolución es refrendada por el Secretario General y Jefe de Gabinete y el Secretario de Asuntos Jurídicos e Institucionales.

  13. Artículo 13°

    Se firma el presente documento mediante el Sistema Único Documental (SUDOCU), quedando determinada su vigencia a partir de la fecha de firma del último funcionario competente. Regístrese, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido, archívese.

FirmaEdgardo Guevara - Indalecio Gonzalez Bergez - Daniel Rodriguez Bozzani

Nota del Boletín Oficial

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar- e. 29/09/2026 N° 71170/26 v. 29/09/2026

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Cita sugerida

Resolución 361/2026, Universidad Nacional de Lanús, B.O. 29 de septiembre de 2026. https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/348136/20260929?anexos=1

Ficha técnica y trazabilidad
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